Modulo 9 - Reconocimiento contable en las entidades gubernamentales



Unidad de competencia

Registra las operaciones que realiza el ente gubernamental para generar información financiera apegada a la normatividad.


Unidad 1. Registro de las operaciones del ente público

La implementación de las normatividades que emite el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), es muy importante para el registro de las operaciones de los entes públicos puesto que estas nos indican cómo generar, de una mejor manera, las operaciones de un ente público, cómo realizar el registro contable y presupuestal, así como saber la naturaleza de las cuentas y su base de codificación para poder elaborar (con base a los saldos finales de los registros contables), los Estados Financieros Básicos del ente público. Sin dichas normatividades, los registros de las operaciones no resultarán correctas, además de que no estarían apegadas a las leyes o a las normatividades vigentes.


Durante esta primera unidad, deberás aplicar las normatividades que emite el CONAC para realizar el correcto registro de las operaciones del ente Público, es decir, mediante el registro de los ingresos y egresos que afectan las etapas del presupuesto de los entes públicos en lo relativo al gasto en las modalidades aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, y con respecto al ingreso estimado, modificado, devengado y recaudado.



El registro de estos datos se lleva a cabo mediante pólizas (ya sea de ingresos, de egresos y diario), en libros diarios y libro mayor, tomando en cuenta claro está, las guías contabilizadoras que emite el Consejo Nacional de Armonización Contable (Manual de Contabilidad Gubernamental, Capítulo VI: “Guías Contabilizadoras”).

La Ley General de Contabilidad Gubernamental es la que exige actualmente que las operaciones presupuestarias y contables del ente público sean respaldadas con documentación original del registro, ordenado esto bajo las categorías de Gastos e Ingresos. De tal forma, la documentación que se denomina como “justificativa y comprobatoria” debe conservarse, pues en cualquier momento las autoridades fiscalizadoras podrán exigir dicha documentación, así como los principales libros de contabilidad del ente público, con el fin de tener en orden y comprobadas todos los ingresos y gastos registrados en cierto periodo por un ente público.







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